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sábado, abril 27, 2024

Cartes no tiene fueros

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Cartes no tiene fueros: como senador electo no ocupó su banca y como vitalicio, no forma parte del quórum. La inmunidad o el fuero parlamentario no es un privilegio personal, sino que atañe únicamente al funcionamiento del órgano legislativo.

Ante el pedido de prisión preventiva de parte de la Justicia brasileña al expresidente Horacio Cartes, se desató de manera inmediata la controversia jurídica acerca de sus fueros o inmunidades.
Esto se debe a que Cartes, por un lado, es un senador electo y proclamado que no ha podido ocupar su banca, es decir, no prestó juramento.

Por otro lado, como expresidente, es senador vitalicio, un «cargo» honorífico, sin funciones ni competencias específicas, sin reglamentación ni atribución expresa de inmunidad. Cabe decir que Cartes tampoco juró como senador vitalicio. Esto es importante en comparación a otros expresidentes que sí lo hicieron, como Rodríguez y Wasmosy.

Dado que Cartes no ha ocupado su banca y no forma parte del quórum, veamos qué dice la Constitución sobre la senaduría vitalicia:

Artículo 189 – DE LAS SENADURÍAS VITALICIAS:
Los ex presidentes de la República, electos democráticamente, serán senadores vitalicios de la
Nación, salvo que hubiesen sido sometidos a juicio político y hallados culpables. No
integrarán el quórum. Tendrán voz pero no voto.

Lo central del artículo 189 son sus dos últimas oraciones «no integrarán el quórum. Tendrán voz pero no voto».

En este sentido, no deja lugar a dudas de que Cartes carece de fueros, porque la inmunidad tiene como objetivo garantizar el funcionamiento del órgano, del cual él no forma parte y, esto, por dos razones: no ocupa su banca como senador electo y como senador vitalicio no forma parte del quórum.

Seamos claros: el fuero busca proteger el funcionamiento del Congreso, para que sus integrantes puedan desempeñar su tarea sin limitaciones a su libertad de expresion, opinión y posición política, puesto que representan al Pueblo.

El fuero, así, es un atributo del órgano en general, no de cada individualidad. Por las razones esgrimidas, Cartes no forma parte del órgano legislativo.

Ahora bien, la situación se complejiza si prestamos atención a la jurisprudencia. Dos expresidentes, Rodríguez y Wasmosy, pudieron utilizar sus fueros como senadores vitalicios para escapar de la Justicia. Sin embargo, es dudoso que esto tenga un carácter vinculante, ya que en nuestro sistema los precedentes no tienen un estatuto jurídico. La Constitución no establece que las decisiones judiciales sean fuente de derecho (Art. 137).

Salvo que se haga una interpretación delirante, por la cual el haber sido presidente garantizaría impunidad de por vida, cabe concluir que actualmente Horacio Manuel Cartes Jara es un ciudadano como cualquier otro, y debe responder al llamado de la Justicia, sin derecho a privilegios.

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