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sábado, abril 27, 2024

Ley que crea Registro Nacional de Agresores Sexuales y el Banco Genético fue promulgada

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El presidente de la República promulgó una ley que establece la creación de un registro donde constarán los datos de aquellas personas con condenas firmes por delitos sexuales contra menores.

 

La Ley 6572/20 “Que crea el Registro Nacional de agresores sexuales de niñas, niños y adolescentes y el Banco Genético” fue promulgada por el presidente de la República Mario Abdo Benítez.

El objetivo es establecer mecanismos de protección del derecho a una vida libre de violencia frente a agresores sexuales que hayan cometido hechos punibles contenidos en la normativa, proveer herramientas que faciliten la investigación y persecución penal teniendo en cuenta su grado de peligrosidad con el fin de evitar la reincidencia

Esta Ley promulgada por el Mandatario rige para todo el territorio nacional, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales suscritos en esta materia, ratificados y canjeados por la República del Paraguay.

En el artículo 3° de la Ley 6572 explica que se entiende por agresor sexual a aquella persona que ha sido condenada en virtud de una sentencia judicial firme y ejecutoriada, por la tentativa o consumación de actos atentatorios contra la indemnidad sexual, contemplados en el Artículo 6° de este cuerpo legal, perpetrados contra niños, niñas y adolescentes menores de 18 (dieciocho) años.

De acuerdo a lo informado por las autoridades Ley tiene por finalidad prevenir el contacto directo o indirecto de los niños, niñas y adolescentes con personas condenadas por los hechos punibles de índole sexual descriptos en la presente Ley.

Otros de los objetivos pretendidos en la norma es la de proporcionar herramientas para la investigación y persecución de los hechos punibles de índole sexual.

Al amparo de esta nueva normativa se crea también el Registro Nacional de Agresores Sexuales de Niños, Niñas y Adolescentes, dependiente del Poder Judicial, en el cual se inscribe información completa de las personas condenadas  por sentencia firme y ejecutoriada de conformidad al objeto de la presente Ley.

El Registro Nacional de Agresores Sexuales de Niños, Niñas y Adolescentes es un sistema de información gratuito, sujeto a reserva, donde se asientan los datos de los agresores sexuales, consignando su identidad, perfil genético, penas y medidas de seguridad impuestas por la comisión de cualquier hecho punible de índole sexual, de manera actualizada y en tiempo real.

En otro artículo de la ley, se aclara respecto a los niveles de acceso a los datos contenidos en el Registro Nacional de Agresores Sexuales de Niños, Niñas y Adolescentes.

Se señala que el Poder Judicial autorizará para la satisfacción de las finalidades y objetivos perseguidos por el Registro Nacional de Agresores Sexuales de Niños, Niñas y Adolescentes, el acceso a la información contenida en el mismo a: a) Poder Judicial; b) Ministerio Público; c) Policía Nacional y d) A la persona interesada para conocer los datos relativos a su persona.

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