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sábado, abril 20, 2024

El cinismo frente al imperio de las mayorías

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Las garantías y los derechos previstos en la Constitución no pueden ser solamente defendidos cuando se trata de amigos o correligionarios. De ese modo, se dejan peligrosos antecedentes y puede ocurrir lo que muchas veces pasa: los vientos de la política cambian y los victimarios se vuelven víctimas.

Primero vinieron a buscar a los comunistas y no dije nada porque yo no era comunista.

Luego vinieron por los judíos y no dije nada porque yo no era judío.

Luego vinieron por los sindicalistas y no dije nada porque yo no era sindicalista.

Luego vinieron por los católicos y no dije nada porque yo era protestante.

Luego vinieron por mí pero, para entonces, ya no quedaba nadie que dijera nada

Martin Niemöller

La reciente sanción de la diputada Celeste Amarilla no es un hecho excepcional, sino un capítulo más de los atropellos que las mayorías legislativas vienen cometiendo contra garantías y derechos políticos fundamentales para el funcionamiento democrático.

Sin embargo, este tipo de procedimientos, el del imperio del número por sobre las normas, no despertó el mismo nivel de indignación cuando una simple mayoría de senadores despojó de sus bancas a Horacio Cartes y Nicanor Duarte Frutos, con el fin de reemplazarlos por dos personas que no fueron electas ni proclamadas por las instituciones competentes.

A pesar de los sucesivos fallos de la Corte Suprema, los usurpadores Rodolfo Friedmann y Mirtha Gusinky siguen campantes en sus bancas. En dicho caso no hablamos de una suspensión por sesenta días sino de algo mucho más grave como es la proscripción política.

Esta proscripción es aun más repudiable por su carácter selectivo, dado que no existe criterio constitucional alguno para excluir a determinados expresidentes del ejercicio de sus derechos políticos y habilitar a otros, tal como sucede con el senador Fernando Lugo.

Recordemos una vez más que las restricciones de los derechos políticos deben ser taxativas, es decir no puede estar sujetas a  interpretaciones forzadas de la letra constitucional.

A pesar de que tanto la justicia electoral como la constitucional les dieron la razón a Cartes y Nicanor, sus derechos políticos y los de sus votantes fueron vulnerados, despojándolos de sus bancas democráticamente conseguidas.

Si genera alarma la arbitrariedad contra la libertad de expresión, protegida por los fueros parlamentarios, como en el caso de Celeste Amarilla, ¿cuánta más indignación debió generar la vulneración de derechos contra senadores electos y proclamados?

Las normas del Estado de derecho deben regir siempre, con independencia de las personas. Sin embargo, muchos de los que hoy se rasgan las vestiduras, ayer aplaudieron una resolución administrativa por la cual Lugo designó senadores que no fueron votados por el pueblo, a pesar de que el primero de los deberes que se atribuye al Congreso, según el artículo 202.1, es velar por la observancia de la Constitución.

Los indignados de hoy, ayer también aplaudían la expulsión sumaria de Dionisio Amarilla o la de Paraguayo Cubas, sin existir proceso penal alguno en contra de estas personas.

Las garantías y los derechos previstos en la Constitución no pueden ser solamente defendidos cuando se trata de amigos o correligionarios. De ese modo, se dejan peligrosos antecedentes y puede ocurrir lo que muchas veces pasa: los vientos de la política cambian y los victimarios se vuelven víctimas.

Los afectados de ayer fueron Horacio Cartes, Nicanor Duarte Frutos, Dionisio Amarilla, Paraguayo Cubas y otros. Hoy es Celeste Amarilla, mañana puede ser otro legislador, siempre de acuerdo a la voluntad incontrolada y anárquica del famoso “artículo 23”, una mayoría simple que violenta derechos y garantías de nuestro ordenamiento jurídico.

Es por eso que la Constitución y las resoluciones emanadas del máximo órgano encargado de su interpretación –la Corte Suprema de Justicia- deben ser respetados. Si bien la misma Constitución, en su artículo 256, refiere que «la crítica a los fallos es libre», las normas y las decisiones judiciales en democracia tienen autoridad por sí solas, y no acatarlas supone desobediencia civil.

Este principio debería ser defendido sobre todo por los partidos pequeños de oposición, como una forma de salvaguardar su propia existencia, puesto que en el futuro serán los primeros en ser devorados por el monstruo que previamente alimentaron.

No obstante, promueven una selectividad de criterios que, cuando no afecta a sus “amigos”, les es indiferente. Pero, como indica el poema de Martin Niemöller -falsamente atribuido a Bertold Brecht- respetar y hacer valer los derechos de los demás es reafirmar los propios derechos.

Ahora, con bombos y platillos la oposición anuncia que recurrirá a la Corte para que esta instancia se expida sobre la constitucionalidad de las actuaciones del Congreso. Varios exsenadores destituidos y ahora Celeste Amarilla piden a la máxima instancia judicial que “ponga orden” en el legislativo. Grupos políticos que en otro momento desoyeron resoluciones de la Corte Suprema de Justicia, hoy piden socorro cuando son atropellados en sus derechos.

Más allá de estos actos de cinismo, el problema de fondo permanece vigente: en caso de obtener sentencias favorables, ¿serán obedecidas por las mayorías? ¿o sencillamente desacatarán sentencias judiciales tal como hizo Lugo y el Senado?

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